El Tribunal Constitucional confirma la constitucionalidad del (nuevo) libro sexto del Código Civil Catalán

El Tribunal Constitucional confirma la constitucionalidad del (nuevo) libro sexto del Código Civil Catalán

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional avala la constitucionalidad de las disposiciones que hasta la fecha conforman el libro sexto del Código Civil Catalán. De esta manera Catalunya dispone de ciertas normas en el ámbito contractual que se aplican con preferencia al Código Civil Español.

Desde mediados de mayo de 2018 hasta mediados de noviembre del presente año, el Tribunal Constitucional ha estado deliberando sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno Español en relación con la “Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código Civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto”.

Como ya mencionamos en nuestro artículo anterior (“Libro sexto del Código Civil Catalán sobre obligaciones y contratos – una breve introducción”), aunque el Tribunal Constitucional decidió en un primer momento suspender la aplicación de los preceptos del nuevo libro del Código Civil Catalán, posteriormente, en su Auto de 03.10.2017, decidió volver a levantar la suspensión acordada, por lo que las disposiciones legales de este cuerpo normativo se aplican desde entonces.

Ahora, en su sentencia de fecha 13.11.2019, el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de inconstitucionalidad presentado inicialmente y, por ende, valida el nuevo libro sexto del Código Civil Catalán. No obstante, la desestimación del recurso de inconstitucionalidad no es completa, ya que la sentencia declara inconstitucional y nulo el artículo 621-54.3.

Mediante el artículo 621-54.3 se intentó regular un procedimiento notarial de resolución de conflictos, el cual se declara nulo por la sentencia, por cuanto este procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos vulnera las competencias atribuidas al Estado en materia de legislación procesal.

El Tribunal Constitucional confirma con esta sentencia de manera definitiva la validez y constitucionalidad de los preceptos que hasta la fecha forman el libro sexto del Código Civil Catalán. No obstante, como ya mencionamos en nuestro anterior artículo, el libro sexto aún no se ha desarrollado por completo, dado que las disposiciones generales, las fuentes no contractuales de las obligaciones así como ciertos tipos de contratos aún van a desarrollarse en una o varias Leyes posteriores.

Habrá que ver si con la publicación de estas otras disposiciones que completarán el libro sexto del Código Civil Catalán se vuelve a plantearse un recurso de inconstitucionalidad y, en su caso, cómo lo resolverá el Tribunal Constitucional.

Marinel-lo @ Partners
comunicacion@matp.es