
14 Mar ¿Cómo protege la nueva ley los secretos empresariales?
La ley de secreto empresarial pretende que las empresas puedan defender aquellos intangibles que no quedan registrados ante ningún organismo, pero que tienen un indudable valor económico para las empresas o suponen incluso una importante ventaja competitiva frente a otras empresas del mismo sector.
Ya está aprobada la nueva Ley 1/2019, de secretos empresariales, que traspone la Directiva 2016/943, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgada (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
Esta nueva ley pretende que las empresas puedan defender aquellos intangibles que, a diferencia de las marcas, patentes o modelos de utilidad, no quedan registrados ante ningún organismo, pero que tienen un indudable valor económico para las empresas o suponen incluso una importante ventaja competitiva frente a otras empresas del sector.
¿Qué activos serán susceptibles de defensa como secreto empresarial? La nueva ley los define como cualquier tipo de información o conocimiento de carácter tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que se haya mantenido secreta o no sea generalmente conocida por las personas pertenecientes al sector; que tenga un valor empresarial precisamente por ser secreto y haya sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo secreto.
Así, entra en la definición de secreto el know-how de las empresas, sus metodologías de trabajo y técnicas de producción, sus bases de datos e información obtenida de los clientes, etc.
Para salvaguardar estos secretos empresariales, la nueva ley ofrece un abanico abierto de acciones judiciales y posibilita la exigencia de adopción de medidas cautelares necesarias para su protección, con el fin de asegurar debidamente la completa efectividad de una eventual sentencia.
Entre las medidas que podrán adoptarse destaca el cese o prohibición inmediata de hacer cualquier tipo de uso del secreto empresarial vulnerado o en su caso, de producir, ofrecer, comercializar o utilizar mercancías infractoras o prohibición de importar, exportar o almacenar estas mercancías; la retención y depósito de mercancías o el embargo preventivo de bienes. Asimismo, se articula un nuevo procedimiento judicial con el que se pretende garantizar la confidencialidad de la información que se aporte al juicio, evitando así su divulgación o acceso por terceros.
En definitiva, la nueva ley organiza y desarrolla la normativa en materia de secreto empresarial y ofrece mayor protección al titular del mismo. Si quieres saber más al respecto…. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.