Ya está en marcha: LOPD la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales

Ya está en marcha: LOPD la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales

Cinco meses después de la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la Ponencia del Congreso ha publicado su informe sobre el Proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Aunque el RGPD es directamente aplicable en todos los Estados Miembros de la Unión Europea desde su entrada en vigor sin necesidad de Leyes estatales que lo traspongan a la normativa interna, lo cierto es que el mismo permite también que sus normas sean especificadas o desarrolladas por el Derecho de los Estados miembros si ello es necesario para darle coherencia con otras normas así como para facilitar su comprensión.

 

Con este fin, nuestro Parlamento pretende publicar una nueva Ley de Protección de Datos –no sin un cierto retraso-, en la que se nos aclaran cuestiones tales como la posibilidad de fundar en un interés legítimo el tratamiento de los datos de contacto de empleados, empresarios autónomos y profesionales liberales; que los mayores de 14 años van a poder prestar su consentimiento para el tratamiento de sus datos sin intervención de los titulares de la patria potestad -en el Reglamento se fijaba en 16 años-; o que una Federación deportiva va a precisar un Delegado de Protección de Datos para tratar los datos de sus federados si entre éstos se incluyen menores de edad mientras que un profesional de la medicina que ejerza a título individual no requerirá tener tal figura aunque trate datos especialmente sensibles, como son los datos de salud.

 

Asimismo, el legislador pretende aprovechar la oportunidad para regular por primera vez cuestiones tan novedosas como los derechos digitales de los ciudadanos. Entre ellos, destaca el derecho de los familiares de un fallecido a solicitar el acceso a sus datos personales -e, incluso, en determinadas circunstancias, solicitar su rectificación o supresión- el derecho a la seguridad y educación digital o el reconocimiento del derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, con el que se pretende garantizar el respeto a los tiempos de descanso, permisos y vacaciones de los trabajadores, así como de su intimidad personal y familiar.

 

Aunque, de momento, únicamente se trata de un proyecto, poco a poco van afianzándose los criterios que empleará España y la Agencia Española de Protección de Datos para aplicar el RGPD.

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